18 ago 2015
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Bautismo de sólo creyentes y la teología del pacto
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¿PAIDOBAUTISMO O CREDOBAUTISMO?
Un Argumento del Bautista Reformado para el
Bautismo del Creyente con base en la Teología del Pacto
Por el Pastor Richard C. Barcellos
INTRODUCCIÓN
Los
cristianos dentro de la tradición de La Reforma son dolorosamente conscientes
de la división doctrinal sobre muchos temas. Hay varias posiciones en cuanto a
la Ley de Dios y su aplicabilidad a los cristianos. En el amplio campo de la
escatología, allí se encuentra al cristiano reformado con sus diferentes
posiciones. El gobierno de la Iglesia es otra área, en la que los creyentes
bajo la cobertura Reformada, a menudo difieren entre sí. Uno de los temas más
candentes de debate entre los que se adhieren a la Teología Reformada, hablando
en términos generales, se refiere al tema del bautismo. Los participantes de
cada lado del debate calibran y refinan sus argumentos que servirán en su
defensa. Algunos irán tan lejos como para decir que si usted no cree en
el bautismo de los niños de creyentes no puede ser Reformado. Estos que
sostienen esta posición, dirán que es imposible considerar la Teología del
Pacto y no adherirse al bautismo infantil. En la comprensión que ellos tienen
de esto, los argumentos que surgen a favor del bautismo de infantes parten
exclusivamente de una perspectiva bíblica de los pactos que excluye
automáticamente cualquier entendimiento de la Teología del Pacto que no sea
paidobautista. Hermanos que sostienen este punto de vista, a menudo,
categorizan a todos los que no son Paidobautistas como Dispensacionalistas o, a
lo menos, como Dispensacionalistas incipientes. ¿Es esta caracterización
precisa y es este punto de vista sobre la Teología del Pacto la única opinión
en el campo teológico que vale la pena escuchar? Es triste decirlo, pero muchos
en nuestro tiempo y a través de la historia dirían que sí. Es hora de que esto
termine.
Cuando
utilizo las palabras Teología del Pacto, quiero decir que el enfoque de su
comprensión en las Escrituras está centrado en torno al desarrollo de los
diversos pactos dentro de la historia de la Redención. Este enfoque de las
Escrituras toma en cuenta los pactos históricos de forma individual y trata de
unirlos en un todo sistemático. Históricamente, la Teología del Pacto ha sido
reconocida como la fuente del bautismo de infantes. El presente ensayo buscará
que una adecuada comprensión de la naturaleza progresiva de los pactos bíblicos
y la sustitución del Antiguo Pacto por el Nuevo Pacto, objete seriamente la
historicidad Teológica del Pacto, sin el riesgo de conllevar a un
Dispensacionalismo o al Antinomianismo.
Este ensayo
buscará diferir sobre la afirmación anterior de que es imposible sostener la
Teología del Pacto sin adherirse a la práctica del bautismo infantil. Por el
contrario, se argumentará que la adhesión coherente a la Teología del Pacto
refuta el bautismo de niños e, incluso, ratifica y demanda el bautismo del
creyente dentro de la estructura del pacto en la Biblia.
DEFINICIÓN
DE TÉRMINOS
Así que
para que todos entendamos que se quiere decir cuando cierta terminología es
usada, definamos nuestros términos antes de que se inicie la exposición. Cuando
se utiliza la palabraPaido es para referirse al Paidobautismo o
Paidobautistas. Los Paidobautistas creen que los sujetos a considerar para el
bautismo son los creyentes y sus hijos. Cuando se utiliza la palabraCredo se
refiere a Credobautismo o Credobautistas. En términos generales, un
Credobautista es alguien que cree en lo que muchos llaman el bautismo del
creyente. Él es alguien que cree que es necesario una declaración de fe (esto
es lo que la palabra credo significa) en Cristo, antes de ser
bautizado. En el sentido más amplio de la palabra, existen dos tipos de
Credobautistas, los de la Teología del Pacto y los Credobautistas
dispensacionales. Siendo más específico, un Credobautista, como se entiende
primeramente en este ensayo, es uno que sostiene el bautismo del creyente sobre
la base de su comprensión de la Teología del Pacto. Este tipo de Credobautista
es lo que muchos, en nuestros días, llaman un Bautista Reformado. Cuando uso la
frase Bautista Reformado, no simplemente quiero decir un Bautista Calvinista.
Los dos no son necesariamente idénticos. Un Bautista Reformado, tal como se
entiende en este ensayo, es aquel que se acoge a la Confesión Bautista de Fe de
1689 como su estándar confesional. Esto significa que un Bautista Reformado es
aquel que sostiene una soteriología Calvinista frente al Arminianismo; la
Teología del Pacto, en lugar de un Dispensacionalismo; mantiene la validez
permanente de la Ley Moral de Dios como se resume en el Decálogo, incluyendo el
cuarto mandamiento, a diferencia del Antinomianismo; guarda el Principio
Regulativo de la Adoración, a diferencia del normativo. Con estas definiciones
en su lugar, comencemos.
ACLARANDO
CIERTAS CUESTIONES
La mayoría,
si no todos los Paidos, coinciden en tratar de basar el bautismo de niños en la
doctrina del pacto del Antiguo Testamento. Ellos argumentan esto, basados en la
representación parental en el Pacto Abrahámico, la unidad de los pactos y la
continuidad teológica entre los testamentos. Muchos de ellos están de acuerdo
con los credos de que el paidoismo no es una doctrina explícita del Nuevo
Testamento, esto es, que no es una doctrina que ordena el bautismo de infantes.
Algunos credos muy celosos, por otro lado, parecen haber olvidado al Antiguo
Testamento como algo aún inspirado y beneficioso. Tienen una tendencia a negar
la continuidad del pacto en nombre de credos explícitos y distintivos del Nuevo
Testamento (En otras palabras, las presuposiciones Dispensacionales). La mayoría
de ellos han incorporado una tendencia hacia el Antinomianismo (contra la
ley). En cualquier caso, este tipo de credos no tienen realmente ninguna defensa
contra los paidos y su argumento sobre el pacto, excepto que su paidoismo está
fundado en la doctrina del pacto del Antiguo Testamento -como si todas las
doctrinas basadas en la doctrina del pacto del Antiguo Testamento no fueran
válidas-.
Muchos credos
claman: "Si no es repetido en el Nuevo, no haremos el Antiguo”.
Afortunadamente, su credo y su conducta no siempre coinciden. (Credos
dispensacionales y los credos no Dispensacionales que no están de acuerdo con
la permanente validez de la Ley Moral de Dios, tal como se resume en el
Decálogo, incluyendo el cuarto mandamiento, es a los que nos referimos aquí).
Los paidos dicen: “Si el Antiguo no es revocado por el Nuevo y el Viejo
permanece, debemos aún hacerlo". Según los credobautistas del pacto, éste
debe ser el punto decisivo del debate paido-credo, si logramos conseguir llegar
a algún punto en común con nuestros hermanos paidobautistas. A diferencia de
los argumentos Dispensacionalistas para el bautismo del creyente, que se basa
sólo en el Nuevo Testamento, los credos reformados pueden establecer su
comprensión del bautismo en el mismo terreno que los paidos, al menos en parte.
Esto dar lugar a esta pregunta vital: ¿Está la doctrina de la inclusión
automática del infante en la comunidad del pacto revocada o modificada por la
Teología del Pacto del Antiguo Testamento como para anular el paidoismo bajo el
Nuevo Pacto? ¿No es éste el asunto central? Muchos credos nunca serán
convencidos por los argumentos de la doctrina del pacto del Antiguo Testamento,
debido a que están comprometidos con el principio de que si no se repite en el
Nuevo, entonces no es obligatorio. Del mismo modo, los paidos nunca serán
convencidos por textos específicos del Nuevo Testamento con respecto al tema
del bautismo, ya que están comprometidos con el principio de no revocado,
entonces obligante. Como hecho relevante, los paidos deben, y como muchos de
ellos lo hacen, estar de acuerdo en que la evidencia explícita del Nuevo
Testamento está del lado de los credos. Y, los credos deben estar de acuerdo en
que la derogación explícita de la inclusión automática del infante en la
comunidad del pacto es un hecho que, a lo sumo, se da por sentado en el Nuevo
Testamento.
La cuestión
se reduce a esto: Si el paidos no tiene una revelación de Dios para cambiar la
doctrina del Antiguo Testamento de la inclusión automática de los infantes en
la comunidad del pacto para los hijos de los creyentes, entonces él lo asume
como obligatorio. Sin embargo, si el credo reformado puede demostrarle en el Antiguo
Testamento, y aún en la doctrina el pacto del Antiguo Testamento que, de
hecho, si existe tal revelación, deberá entonces admitirlo como algo abolido y,
por lo tanto, no obligatorio. Lo que podría ser convincente para el paidos es
un argumento, con sus fundamentos en la Teología del Pacto del Antiguo
Testamento y sus correspondientes frutos en el Nuevo Testamento, concernientes
a la revocación de la inclusión automática de los infantes en la comunidad del
pacto para los hijos de los creyentes.
Este argumento
tendría que tener en consideración la doctrina del pacto. Éste deberá probar
por la doctrina del pacto del Antiguo Testamento que la inclusión del infante
fue proféticamente rescindida por el Antiguo Testamento. Luego, se debe
demostrar que el Nuevo Testamento asume esta derogación y lleva el fruto de
ella.
Los
Bautistas Reformados (esto es Credobautistas del pacto) creen que ellos tienen
el argumento que silenciará el debate o, por lo menos, provocará a los paidos a
reconsiderar seriamente su posición.
EL
ARGUMENTO DEL BAUTISTA REFORMADO
La doctrina
del Antiguo Testamento sobre el Nuevo Pacto revoca proféticamente la inclusión
automática del infante declarado en Jeremías 31:34 que ellos (es decir, los de
la comunidad del Nuevo Pacto) Todos Me conocerán. Comprendiendo
esto, significa que todos los ciudadanos del pacto bajo el Nuevo Pacto
conocerán a Dios para salvación (lo que no ocurrió con el pacto Abrahámico o
Mosaico). Los Credos Reformados, entonces, argumentan que la inclusión
automática del infante dentro de la comunidad del pacto está aquí rescindida
proféticamente por la Teología del Pacto del Antiguo Testamento. Entonces, lo
que se espera por la enseñanza del Antiguo Testamento, es una comunidad del
Nuevo Pacto en la cual todos conocen al Señor para salvación, sin ninguna
excepción. Los Credos Reformados entonces dicen: "Ahora echemos un vistazo
a nuestro Nuevo Testamento. Lo que deberíamos ver es la inauguración del mismo
Nuevo Pacto prometido en el Antiguo Testamento, una comunidad del Nuevo Pacto
(no Israel y la Iglesia, sino una transformada o un Nuevo Israel, el cual
consiste de sólo aquellos que conocen al Señor) y los privilegios del Nuevo
Pacto solamente conferidos a los ciudadanos del Nuevo Pacto". En otras
palabras, los Credos Reformados afirman que la doctrina del Antiguo Testamento
sobre el Nuevo Pacto deroga proféticamente la inclusión automática del infante
y el Nuevo Testamento, da prueba de esto reservando las nuevas ordenanzas del
Nuevo Pacto a los ciudadanos del Nuevo Pacto, esto es, a los creyentes,
aquellos que están en la fe, la simiente de Abraham, todos aquellos que conocen
al Señor.
Los
Credobautistas reformados afirman que el Nuevo Pacto es nuevo en al menos dos
formas: En primer lugar, a diferencia del Abrahámico y el antiguo pacto
Mosaico, el Nuevo Pacto no puede ser quebrantado (Jeremías 31:32. Ver Génesis
17:14 para ver la violabilidad del Pacto Abrahámico y Deuteronomio 29:22-28
para la violabilidad del Antiguo Pacto Mosaico) y, en segundo lugar, a
diferencia del viejo Pacto Mosaico, la inclusión infantil no es automática
porque la ciudadanía en el Nuevo Pacto exige del conocimiento salvador de Dios.
Éste es el por qué, de que los judíos incrédulos hayan sido cortados después de
la inauguración del Nuevo Pacto. Es interesante observar que en el argumento de
Pablo en Romanos 9-11, él hace una distinción entre israelitas (Romanos 9:6).
En otras palabras, dentro del Israel del Antiguo Pacto habían dos grupos: Los
creyentes y los no creyentes. Todos los israelitas, considerados aquí por
Pablo, eran miembros del pacto, sin embargo, la mayoría fueron cortados después
de que Cristo inaugurará el Nuevo Pacto. ¿Por qué? A causa de su incredulidad.
¿Por qué los otros (los gentiles) fueron injertados? Debido a su fe. Aquí vemos
ambos aspectos de la continuidad y discontinuidad del pacto. Los judíos
creyentes pasaron de ser ciudadanos del Antiguo Pacto al Nuevo Pacto en su
continuidad, y los judíos incrédulos pasaron de ser ciudadanos del Antiguo
Pacto a ser excluidos en su discontinuidad. Bajo el Nuevo Pacto, hay un solo
Israel constituido sólo por creyentes.
Automáticamente,
paidobautismo y paidocomunión son entonces impensables. Usted debe conocer al
Señor para estar en el Nuevo Pacto. Usted debe nacer de nuevo. Los privilegios
del Nuevo Pacto están reservados para los ciudadanos del Nuevo Pacto.
Por lo
tanto, el Bautismo y la Cena del Señor están reservados para los creyentes, la
simiente de Abraham, para aquellos que conocen al Señor, para los ciudadanos
del Nuevo Pacto. De hecho, esto es sólo una pequeña porción del argumento del
Bautista Reformado. Todo el argumento incluiría el examen de todas las
bendiciones prometidas del Nuevo Pacto, mostrando que éstas fueron bendiciones
experimentadas por algunos de ellos en el Antiguo Pacto y, luego, siguiendo sus
huellas como se revela en el Nuevo Testamento, confirman que las bendiciones
prometidas son, universalmente experimentadas, dentro la comunidad del Nuevo
Pacto, tal como fue profetizado por Jeremías. (Véase el excelente folleto de
Greg Welty titulado, Una evaluación crítica del bautismo de infantes disponible
en Bautista Reformado Publicaciones y la parte cuatro de la grabación en audio
de la exposición del Pastor Sam Waldron sobre Jeremías 31:31-34, titulada La
nueva constitución del pacto de la Iglesia: Un manifesto del Bautista Reformadodisponible
en el Ministerio Truth for Eternity, 3181 Bradford, NE. Grand Rapids, MI 49505.
Ambos son materiales obligados para los interesados en este tema).
ANTICIPANDO
LAS OBJECIONES
Muchas
objeciones hasta el momento, pudieron haber entrado en la mente de un paido
convencido o, incluso, a la de un credo dubitativo. Echemos un vistazo sobre
algunas de ellas.
Primera
objeción: "¿No está usted haciendo frías, duras y falsas
distinciones entre los pactos bíblicos hasta obtener su credoismo de la Biblia?
Esencialmente, sólo hay un pacto, el pacto de la gracia". En realidad,
hay varias diferencias, pero esencialmente, los pactos bíblicos están
relacionados. Lo que a menudo hacen los paidos es desvalorar las diferencias
entre los pactos.Por ejemplo, diciendo que el pacto
Abrahámico y el Nuevos Pacto son uno y el mismo pacto y diciendo que son dos
distintos y sin embargo pactos vitalmente relacionados, siendo estas dos cosas,
totalmente incoherentes. ¿Es el Antiguo
Pacto, el Abrahámico? ¿Es el Abrahámico, el Nuevo? Uno estaría en apuros para
responder que sí. Louis Berkhof nos provee un ejemplo representativo de lo que
los paidos a menudo expresan sobre esta objeción cuando él afirma: "Este pacto
[el Abrahámico] sigue aún vigente y es esencialmente idéntico con el
"nuevo pacto” en la actual dispensación" (Louis Berkhof, Teología
Sistemática, [Grand Rapids, MI, Eerdmans Publishing Company, 1986
reimpresión], pp. 631ff..).
Curiosamente,
O. Palmer Robertson, otro estudioso paidobautista, no parece equipararlos
cuando dice: "… el profeta [Jeremías] combina el Abrahámico con el nuevo
pacto". (O. Palmer Robertson, El Cristo de los Pactos,
[Phillipsburg, NJ, Presbyterian y Reformed Publishing Company, 1985
reimpresión], p.41.).
Combinar y
equiparar son dos cosas diferentes. Aunque ambos, el Abrahámico y el Nuevo,
funcionan al mismo tiempo bajo la actual "dispensación", ellos no se
nos presentan en la Biblia como uno y el mismo, como tampoco lo son los otros
pactos bíblicos.
Segunda
objeción: "Desde que Dios fue quien ratificó el Pacto de Abraham en
Génesis 15, cuando pasó entre las dos mitades, luego el Pacto Abrahámico, como
el Nuevo, no pueden ser quebrantados, no siendo Dios quien los rompe". Jeremías
estaba hablando acerca del viejo o antiguo Pacto Mosaico y no del Abrahámico.
Sin embargo, respecto a la violabilidad del pacto con Abraham, Dios dice en
Génesis 17:14: "Y el varón incircunciso, el que no hubiere circuncidado la
carne de su prepucio, aquella persona será cortada de entre su pueblo; ha
violado Mi pacto". ¿No es esto convincente? ¿Quizás la objeción se refiere
a la inviolabilidad del Pacto Abrahámico por parte del lado divino? Dios no lo
hizo y Él no puede romper ningún pacto, pero el hombre puede romper el pacto
con Dios bajo cualquiera de ellos, el Abrahámico o el mosaico, como se habían
dado originalmente, pero no bajo el Nuevo. Por cierto, la violabilidad del
pacto mosaico que se encuentra en Jeremías 31:32 y Deuteronomio 29:25, junto
con la violabilidad del Pacto Abrahámico como se mencionó anteriormente, es
evidencia de que todos, en estos pactos, no necesariamente conocían al Señor.
Las promesas del pacto con Abraham están siendo administradas ahora por Cristo
bajo el Nuevo Pacto y, dado que el Nuevo Pacto no puede romperse, entonces
tampoco puede el Abrahámico bajo la actual administración del Nuevo Pacto.
Tercera
Objeción: "¿No se refiere la frase -Porque todos Me conocerán- de
Jeremías 31:34, a una expectativa futura y no a una realidad presente, incluso
a un estado eterno?". Algunos han dicho esto antes. Admito que
esta promesa alcanza el estado eterno, pero si nos limitamos sólo al estado
eterno, ¿cómo esta promesa del Nuevo Pacto encuentra su aplicación antes del
tiempo eterno? Teniendo en cuenta el hecho de que Hebreos 8:8-13 indica el
cumplimiento de la profecía de Jeremías concerniente a un conocimiento
universal de la salvación de Dios, dentro de la comunidad del pacto como algo
realizado o, al menos, en parte, durante la presente administración del Nuevo
Pacto, nos vemos obligados a la conclusión de que el Nuevo Pacto encuentra su
cumplimiento, tanto en este siglo, como en el siglo venidero. El -Todos Me
conocerán- se refiere a todos los del pacto sin excepción, no a todos
los del mundo sin excepción, lo que actualmente está sucediendo. Asumiendo por
supuesto que todo el mundo va a conocer al Señor en el estado eterno, pero para ese
tiempo, todo lo del mundo, estará todo en el pacto.
CONCLUSIÓN
Este ensayo
ha sugerido que una comprensión adecuada de la Teología del Pacto apoya la
posición Bautista Reformada en lo relativo al tema del bautismo y, para llegar
a alguna parte en este debate con un paidobautista, uno debe abordar el tema
desde el lado seguro de la Teología del Pacto.
Partiendo
con la doctrina del Nuevo Pacto en el Antiguo Testamento, demostrando que este
Pacto no es idéntico a todos los pactos anteriores, esto es, que este Nuevo
Pacto da lugar a una comunidad de pacto en la cual todos conocen al Señor para
salvación, por consiguiente, esto invalida el tradicional argumento
paidobautista del pacto para el bautismo de infantes. Este argumento que parte
de una Teología del Pacto, se adhiere y busca aplicar sistemáticamente, el
principio de la hermenéutica Reformada, a menos que sea revocado,
entonces obligado. La doctrina de la inclusión de infantes para el bautismo
es revocada y, por lo tanto, no obligante y, no quedándose el Nuevo Testamento
en silencio, sino siendo más bien directo y franco, dando su apoyo a este
argumento. Se espera que las personas que le han dado muchas vueltas al
paidobautismo, se mantengan a distancia y los que han estado convencidos de
ello, puedan volver a las Escrituras para ver si estas cosas aquí expuestas son
así.
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